Ministerio de Salud pone en circulación Reglamento de Habilitación de Servicios de Salud


SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Salud puso en circulación la versión física del Reglamento Técnico donde se describen los estándares de cumplimiento obligatorio para asegurar la calidad de los servicios ofrecidos a la población dominicana.

El doctor Bruno Calderón, director de Habilitación y Acreditación dijo que el mismo obedece al mandato del decreto 1138-03 sobre comunicar las normativas de regulación sobre la Habilitación y que contribuirá a transparentar los servicios en los centros de salud.

Expresó que el Ministerio de Salud está llamado a regular los establecimientos de nivel básico: consultas de medicina general, interna, pediatría, ginecología y psicología clínica; así como odontología general, y atención farmacéutica, asimismo los servicios de toma de muestra, consejería, vacunación, fisioterapia, imágenes: radiología general, ecografía, optometría, manejo de urgencias, entre otras.

Además otros servicios de atención domiciliaria básica, medicina estética y comisaría, ambulancia, traslado simple de pacientes, telemedicina, y otros de niveles complementarios como: hospitalización, cirugía general, odontología especializada, patología, laboratorio clínico, entre otros.

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