SANTO DOMINGO .- La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) reiteró que todas las pruebas PCR para COVID-19 están siendo cubiertas por el Sistema de Seguridad Social, para personas afiliadas y no afiliadas.
“Ninguna persona debe pagar por este servicio de pruebas PCR, siempre que hayan sido debidamente prescritas por un médico con ejercicio legal en el país, y que la prueba sea procesada por uno de los laboratorios autorizados por el Ministerio de Salud Pública para realizarla”, explicó.
Mediante un comunicado la entidad manifestó que hasta el 20 de mayo, las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) pública, privadas o de autogestión, han autorizado 51,899 pruebas PCR para COVID-19, de las cuales 2,362 corresponden a personas no afiliadas, 5,026 al Régimen Subsidiado, 441 a Planes de Pensionados y Jubilados y otros Planes, y 44,070 al Régimen Contributivo. “Estas autorizaciones han representado compromisos iniciales de pago a los laboratorios por un monto de RD$ 223, 165,700.00”.
Sostuvo que los pacientes deben dirigirse por los medios no presenciales establecidos al Laboratorio autorizado de su interés, el cual le asignará la cita y le instruirá sobre los procedimientos. Hasta ahora, los laboratorios autorizados por el Ministerio de Salud Pública son: Laboratorio Nacional Dr. Defilló, Laboratorio Referencia, Laboratorio Amadita, Laboratorio Patria Rivas y CEDIMAT.
Asimismo algunas clínicas y hospitales han firmado acuerdos con algunos de estos laboratorios para tomar las muestras a los pacientes.
Estos acuerdos privados procuran facilitar y agilizar los procedimientos y la SISALRIL los valora positivamente; pero en ningún caso, debe cobrarse al paciente por este servicio.
El acceso a las pruebas adecuadamente prescritas y procesadas por laboratorios públicos y privados autorizados, es completamente gratuito para la ciudadanía. Esta es una disposición que constituye uno de los pilares clave de la respuesta integral del país ante la epidemia.
El laboratorio que asigna la cita, está en la obligación de solicitar la autorización a la ARS en la cual la persona está afiliada, sea SeNaSa, privada o de autogestión. Si no es afiliada a ninguna debe solicitarla al SENASA. La ARS está en la obligación de otorgar la autorización, cuando cumple con los requisitos señalados, y pagar al laboratorio que realiza la prueba.
Si a alguna persona le han cobrado por estos conceptos, puede reclamar el reembolso por ante el ARS correspondiente, mediante una comunicación acompañada de copia de la prescripción médica y los recibos de pago al laboratorio y/o al Prestador de Servicios de Salud, indicando la fecha y lugar donde ocurrió este hecho, y su identificación personal.
Estos son los mecanismos y procedimientos establecidos, y en general están siendo cumplidos por los laboratorios y las ARS. Están en plena vigencia mientras perdure la emergencia epidemiológica.
Cualquier persona que tenga dudas o reclamaciones, puede dirigirse por los medios electrónicos habilitados, a la DIDA, a la SISALRIL, o a su ARS.
La SISALRIL exhortó a la ciudadanía a exigir el cumplimiento de esta disposición por parte de los establecimientos de salud y los laboratorios, y denunciar cualquier irregularidad que, por error, omisión u otra razón pueda afectarles.
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