ADARS advierte SISALRIL pretende suplantar al CNSS

SANTO DOMINGO.- La Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (ADARS) advirtió que la decisión de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) de acudir a un tribunal para introducir cambios en la seguridad social obedece al interés de este organismo de volver a un modelo asistencial ineficiente.

A través de un comunicado esta entidad afirmó que que al acudir al Tribunal Superior Administrativo, la SISALRIL hace un intento de introducir cambios unilaterales en el manejo del Sistema, repitiendo una práctica iniciada desde la llegada del actual Superintendente, Pedro Luis Castellanos.
Cita como ejemplo la propuesta para quitar el poder de veto a los representantes de los trabajadores y empleadores, las sugerencias para dar más poderes a la Superintendencia y colocarlo por encima del Consejo, intentos de introducir cambios en el catálogo de prestaciones emitiendo circulares, entre otras acciones.

Consideró que la actitud de desconocimiento a la autoridad del Consejo la demuestra en el incumplimiento de sus instrucciones, incluso relacionadas con aspectos medulares, como es el caso de la resolución 431-02 de octubre del 2017 que le ordena presentar en un plazo de tres meses “una propuesta para implementar una estrategia de atención primaria y del primer nivel de atención como puerta de entrada al seguro familiar de salud”, como está previsto en el artículo 152 de la ley de Seguridad Social.

Al referirse al recurso interpuesto por la SISALRIL con el Reglamento de Apelaciones aprobado por el Consejo, la ADARS cuestionó que se estén judicializando procesos que deberían solucionarse en CNSS, como lo establece la ley.

“Las acciones de la SISALRIL buscan debilitar las instituciones del SDSS, al atacar su autoridad y el tripartismo”, dijo  ADARS; y agregó que hasta el propio Consejo se opone mediante recurso legal a esas modificaciones “que desbordan a las instituciones del SDSS y podrían crear un caos en las prestaciones que ya favorecen 7.5 millones de dominicanos”.

De acuerdo con la entidad, el tripartismo es fundamental en el Sistema pues “las prestaciones garantizadas involucran intereses colectivos y por ello las decisiones, previo a su aplicación, deben ser evaluadas por los representantes de cada sector participante: Empleador, Trabajador y Gubernamental”.

Advirtió que el Consejo es órgano rector del sistema “que establece y modifica el catálogo de medicamentos y procedimientos que están cubiertos dentro del Plan Básico de Salud, y la SISALRIL no tiene la autoridad para modificar el mismo, y sus funciones se limitan a proponer al CNSS la incorporación de coberturas y su sustento financiero”.

“El Plan Básico cuenta con una cobertura definida por el CNSS, que financian exclusivamente el trabajador y el empleador, por lo cual cualquier medicamento o servicio no incluido en el catálogo de prestaciones, debería ser ofrecido por el Estado, que es el garante de la salud como un derecho constitucional”, agregó.

Explicó que el límite de la seguridad social lo establece la Ley 87-01 que ordena al CNSS regular y disponer todo lo relativo al funcionamiento del Sistema, cuyos servicios a los afiliados están pautados por los ingresos que aportan trabajadores y empleadores; y las atenciones que ofrecen las ARS son las que están incluidas en el catálogo de servicios aprobado por el CNSS. “ADARS respalda la ampliación de ese catálogo de prestaciones utilizando el procedimiento que establece la Ley”.

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