SANTO DOMINGO. – El Gobierno creó el Plan Especial Transitorio de Servicios de Salud para los Pensionados y Jubilados del sector salud. Además, según el decreto 371-16, este plan también beneficiará sus dependientes directos.
El Plan Especial de Servicios de Salud Transitorio para Pensionados y Jubilados del Sector Salud favorecerá a:
1.- Todos los pensionados y jubilados oficialmente inscritos en la base de datos de la Dirección de Jubilaciones y Pensiones. También, él o la conyugue o compañero (a) de vida del pensionado.
2.- Los hijos menores de 18 años y hasta la edad de 21, si son estudiantes. Además, serán favorecidos con esta medida los hijos discapacitados sin límite de edad.
Serán excluidos del plan, los pensionados que permanezcan afiliados como titulares. Esto es en el Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo. Igualmente quedarán fuera del mismo, sus dependientes.
De los beneficiarios, dice que tendrán derecho a la cobertura del Plan Básico de Salud o del Plan de Servicios de Salud vigentes. También a los servicios de salud por accidentes de tránsito, de acuerdo a la cobertura establecida. Esto es para el Fondo Nacional de Atención Médica por Accidentes de Tránsito (FONAMAT).
El Seguro de Salud (ARS SENASA) administrará los riesgos de salud de los beneficiarios del Plan Especial Transitorio de Servicios de Salud. Además, los profesionales del Colegio Médico Dominicano podrán optar por afiliarse a la ARS CMD. Esto es siempre que lo manifiesten formalmente y por escrito ante la Dirección de Jubilaciones y Pensiones de Hacienda.
La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) establecerá el costo per cápita para financiar dicho plan. Los recursos provendrán de dos fuentes. Una de parte del aporte del 6.4% de la pensión de los Pensionados. Y la otra de parte del estado, que también hará aportes a la TSS, los cuales estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria.
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