SANTO DOMINGO.- Tras el recurso de apelación incoado por el Colegio Médico Dominicano (CMD) a la resolución 00237-2021 sobre la PCR de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales(SISALRIL) el director general del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), Feliz Aracena Vargas ordenó a la SISALRIL aplicar y respetar el artículo 13 del Reglamento de Normas y Procedimientos para Apelaciones.
Este reglamento establece que “La interpelación de recursos de apelación suspenderá de forma inmediata, con la presentación de la solicitud de la parte interesada, la ejecución de la decisión recurrida hasta por un máximo de 90 días. si en dicho plazo de 90 días de haber recibido la solicitud de suspensión, el CNSS no decidiera sobre la misma, se considera denegada la solicitud, en cuyo caso la decisión recurrida adquirirá su efecto ejecutorio, hasta tanto el CNSS decida definitivamente sobre el recurso principal de apelación”.
El presidente del CMD, doctor Waldo Ariel Suero consideró como correcta la actitud asumida por el CNSS a raíz del recurso de apelación que el gremio médico interpuso a la SISALRIL que intentaba realizar una sola prueba PCR al año.
Expresó que esto es un logro del CMD a favor de la salud del pueblo dominicano.
“Ya suspendida la resolución de la SISALRIL, lo importante ahora es sentarnos los diferentes actores de la comisión que designó el CNSS para buscarle una solución a esta problemática”, manifestó el galeno.
El doctor Suero expresó que no hay justificación humana para que la población dominicana solo tenga acceso a una prueba PCR anual, como tampoco tiene justificación que tengan que pagar 1,750 pesos por la prueba antigénica como un prerrequisito obligatorio para realizarse una PCR.
“Todas estas inequidades sociales que perjudican la salud de los dominicanos debemos resolverlas”, puntualizó.
Para ver la comunicación del CNSS acceda aquí.
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