SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader declaró a través del decreto 284-21 como de interés nacional la reforma y modernización del sector salud.
Mediante el decreto con fecha del 29 de abril, el mandatario instruyó al Ministerio de Salud Pública iniciar el proceso de reforma y modernización del sector salud, en coordinación con el Gabinete de Salud y el Ministerio de Administración Pública.
Para ello deberán hacer énfasis en los siguientes lineamientos: El fortalecimiento del rol de rectoría del MSP, reforma de manera particular de los órganos que integran el sector salud y reestructuración de la Dirección de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS).
Asimismo otorgó al MSP un plazo de máximo seis meses para presentar al Gabinete de Salud una propuesta normativa para la reestructuración del DIGEMAPS.
La disposición establece que hasta tanto se materialice la reestructuración general dispuesta, la DIGEMAPS pasará a ser un organismo desconcentrado del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y su titular reportará directamente al ministro.
También instruye al MSP a procurar la unificación de las actuales áreas transversales de la DIGEMAPS con aquellas del ministerio que sean similares, en coordinación con el Ministerio de Administración Pública y de conformidad con lo dispuesto en la ley núm. 247-12 Orgánica de la Administración Pública y la ley núm. 41-08 de Función Pública.
De igual manera instruye al Consejo Nacional de Competitividad, el Ministerio de Administración Pública y la Oficina Gubernamental de las Tecnologías de la Información y Comunicación (OGTIC) a priorizar, en el marco del Programa Burocracia Cero, la simplificación de los trámites vinculados al otorgamiento de registros sanitarios, la importación de productos controlados, la vigilancia sanitaria y la habilitación de establecimientos.
Para el cumplimiento de lo dispuesto en el decreto 284-21, se instruye al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Presupuesto a hacer los arreglos administrativos pertinentes para que, de conformidad con las disposiciones que regulan la materia, se provean los recursos necesarios de la partida aprobada para e1 Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en el presupuesto correspondiente al año 2021.
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