SANTO DOMINGO.- El Gobierno dio a conocer un conjunto de medidas tendentes a garantizar y proteger la salud de los consumidores y su derecho a estar informados sobre las categorías de productos que oferta el mercado.
Entre las medidas está el establecimiento de varios plazos para que las empresas que comercializan productos nacionales o importados cumplan con las normas vigentes sobre etiquetado y registro sanitario.
En ese sentido, se iniciará con los productos lácteos y sus derivados, hasta abarcar la totalidad de los comestibles que conforman la cadena alimenticia, para lo cual se llevarán a cabo jornadas de consultas, iguales a las que se hicieron con los productores de leche.
En este orden, se informa que a partir del día primero de agosto de año 2016, no podrán ser comercializados en el territorio nacional, los productos lácteos y sus derivados destinados al consumo humano, o para fines de hostelería, que no cumplan con los requisitos de etiquetado establecidos en la Norma Dominicana NORDOM 53, sobre el Etiquetado General de los Alimentos Previamente Envasados, cuarta revisión, de fecha 27 de noviembre de 2014.
De igual forma, se hace de público conocimiento que a partir del primero de enero del año 2017, todos los productos alimenticios de producción nacional e importados, deberán contar con el Registro Sanitario vigente.
Con el objetivo de agilizar el tiempo de respuesta en el procedimiento de tramitación del Registro Sanitario, el Ministerio de Salud Pública pondrá a disposición de los interesados, un servicio especializado en su Ventanilla Única de Autorizaciones Sanitarias para los expedientes correspondientes a productos lácteos y sus derivados.
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