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Presidente del CDFESS pide se excluya de penalidad el aborto terapéutico

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SANTO DOMINGO.- El Centro Dominicano de Fortalecimiento y Estudio de la Seguridad Social (CDFESS) declaró, a través de un comunicado de prensa, que el aborto terapéutico debe ser excluido de penalidad. La organización consideró que debe permitirse este procedimiento cuando la salud física y mental y la vida de la embarazada estén en peligro.

En ese sentido, el presidente de la entidad, José Miguel Fernández, exhortó a los senadores a modificar el proyecto ley del Código Penal aprobada por los diputados, a fin de incluir que el aborto sea permitido en determinadas circunstancias y tratado por una ley especial.

Fernández citó algunos casos frecuentes en el que debe permitirse el aborto, como el embarazo ectópico, que puede comprometer órganos como páncreas, riñones, intestinos o tejidos. También la formación anómala desde la fertilización y la infección ovular, en la cual el embrión es inviable, por cuanto el vaciamiento uterino es la única medida para salvar a la madre. Dijo que otra causa razonable para el aborto terapéutico es la insuficiencia sistémica, orgánica agravada o desencadenada producto del embarazo.

Citó que el artículo 74.4 de la Constitución de la República Dominicana dispone que  “Los poderes públicos interpretan y aplican las normas relativas a los derechos fundamentales y sus garantías, en el sentido más favorable a la persona titular de los mismos y, en caso de conflicto entre derechos fundamentales, procurarán armonizar los bienes e intereses protegidos por esta Constitución”. Por consiguiente obligar a una embarazada a tener un hijo en circunstancias en las que su vida corre peligro o producto de haber sido violada, es condenarla a ella y al nuevo ser a vivir sumidos en un martirio psicológico y emocional.

En ese orden, Fernández aclaró que en modo alguno de lo que se trata es de permitir que el aborto pueda practicarse por  todos los medios y de manera ligera y antojadiza, sino que en los casos especiales y de excepción, pueda practicarse el aborto terapéutico, siempre que el mismo sea regulado a través de una ley especial.   

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