GINEBRA.- En una decisión consensuada para proteger al mundo de futuras crisis de enfermedades infecciosas, la Asamblea Mundial de la Salud acordó poner en marcha un proceso mundial para redactar y negociar un convenio, acuerdo u otro instrumento internacional en el marco de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud para fortalecer la prevención, preparación y respuesta frente a pandemias.
El Dr. Tedros Adhanom Ghebreyesus, Director General de la OMS, dijo que la decisión de la Asamblea Mundial de la Salud era histórica, tenía una misión vital y representaba una oportunidad única en una generación para fortalecer la arquitectura sanitaria mundial con miras a proteger y promover el bienestar de todas las personas.
“La pandemia de COVID-19 ha sacado a la luz los numerosos fallos del sistema mundial de protección de las personas frente a las pandemias: las personas más vulnerables se quedan sin vacunas; los trabajadores de la salud no tienen el equipo necesario para realizar su labor de salvar vidas; y los enfoques de «yo primero» obstaculizan la solidaridad mundial necesaria para hacer frente a una amenaza mundial”, dijo.
“Sin embargo, al mismo tiempo hemos asistido a inspiradoras demostraciones de colaboración científica y política, desde el rápido desarrollo de vacunas hasta el compromiso actual de los países de negociar un acuerdo mundial que contribuya a mantener a las generaciones futuras más seguras frente a los efectos de las pandemias”, agregó el Dr. Tedros.
La Asamblea de la Salud se reunió en una sesión extraordinaria, la segunda desde la fundación de la OMS en 1948, y adoptó una única decisión titulada «El mundo unido».
La decisión de la Asamblea establece un órgano de negociación intergubernamental (en adelante, «órgano de negociación») para redactar y negociar un convenio, acuerdo u otro instrumento internacional de la OMS sobre prevención, preparación y respuesta frente a pandemias, con miras a su adopción en virtud del artículo 19 de la Constitución de la OMS, o de otras disposiciones de la Constitución que el órgano de negociación considere apropiadas.
El artículo 19 de la Constitución de la OMS confiere a la Asamblea Mundial de la Salud la facultad de adoptar convenios o acuerdos sobre cualquier asunto de la competencia de la OMS. El único instrumento establecido en virtud del artículo 19 hasta la fecha es el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco, que ha contribuido de forma significativa y rápida a proteger a la población del tabaco desde su entrada en vigor en 2005.
A través de esta decisión, la Asamblea Mundial de la Salud también pidió al Director General de la OMS que convocará las reuniones del órgano de negociación y apoyara su trabajo, en particular facilitando la participación en el proceso de otros órganos del sistema de las Naciones Unidas, agentes no estatales y otras partes interesadas pertinentes en la medida en que lo decidiera el órgano de negociación.
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