Análisis implementación propuesta de salud

A un mes de cumplir tres (3) años gestión gobierno presidente Luis Abinader, inicio publicación 1 de 9 artículos, 2 correspondencias y reflexión final, a través de los cuales se analiza la implementación de la propuesta “Acceso a una salud universal como DERECHO”. Causas y efectos, los que escribo con pesar y que nunca hubiese querido haber escrito, lo escribo solo para la historia y como lección aprendida.  

La propuesta salud presidente Abinader tiene como propósito. Acceso a una salud universal como derecho, tal como está consignado en la Constitución de la República, siendo responsabilidad del Estado, proporcionar el acceso a los servicios de salud con calidad, oportuna, eficiente y equitativa.  

Señala más adelante que para cumplir con ese mandato de la Constitución se promulgó la ley General de Salud 42-01 que crea el Sistema Nacional de Salud (SNS) que tiene por objeto la regulación de todas las acciones que permitan al Estado hacer efectivo ese derecho.  

De igual manera se promulgó la ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, que tiene como objeto regular y desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos en lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales.  

Separación de Funciones.   

Entre los paradigmas de mayor impacto en el proceso de cambio de un sistema de salud segmentado (que tenía el país hasta el 2001) a un Sistema Nacional de Salud (SNS) leyes 42-01 y 87-01 y propuesta salud presidente Abinader diseñada en este contexto, está la Separación de Funciones, ya que asigna exclusivamente al Estado las funciones de: a) Dirección, b) Regulación, c) Financiamiento y d) Supervisión. En cambio, las funciones de: a) Administración de Riesgos de Salud y b) Prestación de Servicios de Salud, están a cargo de entidades públicas, privadas o mixtas debidamente acreditadas.   

La RESISTENCIA de los gobiernos del PLD (16 años de gobiernos consecutivos) a implementar las leyes 42-01 y 87-01 tal como fueron promulgadas, parecería que la Separación de Funciones y descentralización pudieran ser las causas para que se promulgara la ley 123-15 que crea el Servicio Nacional de Salud, (retornando el país al Código Trujillo de Salud Ley No 4471 del 3 de junio de 1956) pero aún más, en VIOLACIÓN a la ley orgánica 42-01, a través de la cual se pretende justificar tanto la Separación de Funciones como la Descentralización de los Servicios Públicos de Salud.   

En relación a este tema invito analizar las páginas de 237 a 241 del libro “Aportes de tres gobiernos al sistema de salud dominicano” autoría del suscrito, en el que podrá apreciar que acuerdo de préstamo con organismo multilateral entre las condiciones previas al primer desembolso fue la evidencia de la Separación de Funciones y descentralización de los servicios públicos de salud. (Proceso nunca iniciado).  

Llama la atención que el ministro de la Presidencia en declaraciones publicadas en varios medios en fecha 16 de mayo del año en curso, planteara reformar la ley 87-01 por una más moderna e inclusiva. Parecería que los asesores del ministro son los mismos que asesoraron los gobiernos del PLD durante 16 años, que nunca han entendido lo que es un sistema de salud moderno y mucho menos inclusivo, ya que ese es un cliché que el PLD utilizó durante 16 años.  

Los problemas de salud no son las leyes, si no por el contrario la falta de implementación como fueron promulgadas. Los funcionarios del sector salud han continuado haciendo lo mismo que hizo el PLD durante 16 años, por tanto, no se pueden obtener resultados diferentes.

Si tiene interés en el tema te invito a leer el libro “Aportes de tres gobiernos al sistema de salud dominicano” autor Daniel Guzmán González (Testigo de excepción) de igual manera que a visitar los siguientes blogs.       

http://daniel3793.wordpress.com. ; /http://daniel3793hotmail.com  y Canal YouTube Daniel Guzmán González URL https://www.youtube.com/watch?v=ofOp5cV0CYA&t=42s      

Artículo 1 de 9 continuará…

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