Impact of the application of neurorights dominican criminal legislation.
Parte 6.
Autores: licenciado Eliezer Casso Licenciado en Derecho. Conocimientos en Estándares de Prueba y Debido Proceso.
Doctora Katty Gómez Psiquiatra. Master en Psiquiatría legal y forense. Entrenamiento en Neurolaw.
3.3.1 Análisis de los Derechos Humanos ante la propuesta de nuevos derechos:
En un contexto globalizado, es crucial reconocer que las fronteras entre naciones, tanto desarrolladas como en desarrollo, están disminuyendo. Por tanto, sería ingenuo y poco práctico que cada país siguiera caminos divergentes. Es necesario promover esfuerzos públicos, incluyendo marcos legales y de gestión, para abordar los desafíos actuales y avanzar hacia la convergencia en la regulación de las nuevas tecnologías (Wischmeyer, T. y Rademacher, T. 2020).
Destacar que existe acuerdo con la recomendación adicional presentada por Yuste, Goering y su equipo en su artículo de Nature en 2017, donde proponen realizar un debate a nivel mundial sobre este tema. Por lo tanto, considerando la posibilidad de establecer lineamientos más amplios, claros y abarcadores, se sostiene que la propuesta de crear nuevas libertades fundamentales es innecesaria y carece de una estructura adecuada.
3.3.2. La necesidad de incluir nuevos derechos en la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Según Félix L. (2021), los límites actuales de la neurociencia para intervenir en la mente son cada vez más avanzados y novedosos. Existe el riesgo de que un individuo se vea expuesto, de manera involuntaria, a que todo su pensamiento y su privacidad mental sean objeto de investigación por parte de extraños. Esta situación amenaza la autonomía y la libre elección de las personas, ya que pone en peligro su seguridad mental al revelar información sobre sus procesos de pensamiento, necesidades y elecciones.
Por tanto, resulta crucial trabajar con organizaciones internacionales para garantizar la protección de los datos neurocientíficos a través de los llamados neuroderechos. Para lograr esto, se propone enmendar la Declaración Universal de Derechos Humanos e incluir derechos que salvaguarden la integridad mental de los individuos, y en cada país se deben tomar medidas hacia la implementación de un marco normativo al respecto.
En este sentido, los resguardos de los neuroderechos plantean la necesidad de considerar cinco enfoques específicos en la Declaración, estableciendo así una conexión real que involucre a legisladores, expertos, la sociedad civil y otros actores relevantes. Hasta el momento, Chile parece estar liderando el camino en la creación de un marco normativo para proteger los derechos de las personas en relación con los avances y la mente, y podría convertirse en un referente a nivel mundial. La evaluación y el avance de este tema se deja en manos de nuestro país para desarrollar un proceso y lograr avances significativos.
La proposición de estos nuevos neuroderechos humanos plantea una discusión de gran relevancia en relación con el avance de las neurotecnologías en nuestra sociedad y su impacto potencialmente problemático, especialmente en lo que respecta a nuestra propia identidad.
En este sentido, resulta razonable establecer salvaguardas sólidas y amplias en el marco de los derechos humanos, que puedan ser incorporadas en la regulación global y pública de las libertades fundamentales, con el objetivo de garantizar su protección y manejo adecuado. IV. Neuroderecho/NeuroLaw. 4.1
Continuará…
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