Presupuesto histórico Vs presupuesto por capitación (por persona y localidad) leyes 42-01 y 87-01. (Provincia San José de Ocoa)

Doctor Daniel Guzmán [email protected]
Especialista en gestión hospitalaria

Continuando con la provincia San José de Ocoa, serie de publicaciones específicas para cada una de las 31 provincias y Distrito nacional, República Dominicana, en relación a uno de los principales paradigmas del marco legal vigente sector salud, cambio de presupuesto histórico a presupuesto por capitación (por persona y localidad) y descentralización de los servicios públicos de salud, mandatos de las leyes 42-01 y 87 – 01 (proceso aún no iniciado).

Proceso que se deberá implementar de manera gradual y progresivo a través de conformación de micro redes provinciales de servicios públicos de salud y/o Sistemas Locales de Salud (SILOS) entendiendo esta como un conjunto de elementos, inter actuante e inter relacionado, de recursos de salud, sectoriales y extrasectoriales en este caso provincia San José de Ocoa, gestionada por Consejo de Administración, teniendo como objetivo, atención integral, oportuna y de calidad, de acuerdo a necesidades de la población considerando características de complejidad creciente, referencia y contrarreferencia, con énfasis en la prevención de la enfermedad y promoción de la salud.

Ejercicio de planificación Población provincia San José de Ocoa


De la población total de la provincia San José de Ocoa aproximadamente el 70% correspondería a beneficiarios de los Regímenes Subsidiado y Contributivo Subsidiado, asignado al SENASA (literal b y c, Párrafo I, Art. 31, ley 87-01).

Oferta red servicios públicos de salud, Provincia San José de Ocoa


La provincia cuenta con 2 hospitales públicos, con dotación de 96 camas, con 2.3 camas por mil beneficiarios, y 26 establecimientos de salud de primer nivel de atención, de los cuales ninguno ha sido habilitado por el MSP, para prestar servicios, tal como lo manda el Art. 100 ley 42-01), oferta que organizada y utilizando instrumentos de gestión como: a) Sistema de Información General en Salud Automatizado, b) Sistema de Administración Contable Financiera, c) Manual de Organización de Hospitales, d) Sistema de Gestión de Residuos Hospitalarios, e) Sistema de Mantenimiento, f) Plan de Mitigación de Emergencia y Desastre, g) Plan de Calidad de la Atención, h) Unidad de Mercadeo y Ventas de Servicios, i) Protocolos de atención, j) Cuadro de mando, entre otros, diseñados en proyecto FONHOSPITAL y no implementados, estaría en capacidad de satisfacer las necesidades de salud de la población con oportunidad y calidad.

Personal análisis comparativo 2014 y 2018
Provincia San José de Ocoa


Para el 2014 la red pública de servicios de salud de la provincia San José de Ocoa contaba con un total personal 487 profesionales, técnicos, otros, disminuyendo para el 2018 en 50 para un total 437. Se deberá realizar análisis de la oferta de personal y su consistencia con la demanda, perfil epidemiológico y morbi mortalidad.

La cantidad de médicos para 2014 fue de 60 con relación 1.4 médicos por 1,000 habitantes, el promedio para la Región de las Américas 1.8 por mil habitantes, inferior al promedio, en cambio para el 2018 contaba 111 médicos, relación 2.6 médicos por mil habitantes, para un superávit de 0.8 por mil habitantes.

En cuanto a las enfermeras para el 2014 se disponía de 18 para 0.4 por mil habitantes, el promedio de enfermera en la Región de las Américas es de 3 enfermeras por mil habitantes, para un déficit 2.6, habiendo aumentado en el 2018 en 3 enfermeras para un total de 21 una relación 0.5 enfermera por mil habitantes para un déficit de 2.5 (104) enfermeras, además este déficit, se deberá realizar análisis de la oferta de personal y su consistencia con la demanda potencial de salud.

Habilitación de los servicios públicos de salud.

Tal como se señaló anteriormente ningún servicio públicos de salud micro red de San José de Ocoa, ha sido habilitado para prestar servicios, lo mismo que se repite para aproximadamente el 95% de los servicios públicos de todo el país.

Las leyes 42-01 y 87-01 asigna al Ministerio de Salud Pública (MSP) rector del Sistema Nacional de Salud (SNS) la habilitación de los servicios de salud tanto públicos como privados para que puedan prestar servicios, para ser habilitados deben satisfacer requisitos mínimos, en cuanto a instalaciones físicas, organización y funcionamiento de tal manera que garantice a la población atención oportuna, de calidad, eficiente y sobre toda humana.

La falta de habilitación de los servicios públicos de salud, está entre las principales causas del colapso de los servicios públicos de salud del país, tarea pendiente para el próximo gobierno.

En la tabla a continuación análisis de presupuesto histórico Vs capitación.

Presupuesto histórico Vs presupuesto por capitación ley 87-01
Provincia San José de Ocoa


Del análisis de la tabla que precede se puede observar que el presupuesto histórico 2014 al 2018 se produce variación porcentual, pasando de 33% a 34% en cuanto al % que debió haber recibido, el déficit para la provincia en el 2018 fue de RD$ 334.4 millones, imposibilitando satisfacer las necesidades de salud de la población.

Con presupuesto por capitación (persona y localidad) el Sistema Nacional de Salud (SNS) leyes 42-01 y 87-01 República Dominicana se constituye en el primer país en la Región de las Américas con este novedoso e innovador modelo de salud.

El país con gasto público en salud del 3% del PIB, ejecutado con eficiencia, el 100% de los pensionados y jubilados del Régimen Contributivo tienen acceso al SFS (los que son excluidos en violación a las leyes) en los términos que mandan las leyes, el 100% de los beneficiarios de los Regímenes Subsidiado y Contributivo Subsidiado (cobertura actual 38%) tienen acceso al SFS sin aporte de bolsillo, el 100% de los niños entre 45 días de nacidos y 5 años de edad tienen acceso a Estancias Infantiles (cobertura actual 16%) y 100% de adultos mayores del Régimen Subsidiado y las madres solteras (que califiquen) tienen acceso a Pensión Solidaria (proceso aún no iniciado).

La falta de continuidad de política de Estado, la falta de voluntad política, la falta de asignación de los recursos en la ley de Presupuesto en los términos que mandan las leyes 42-02 y 87-01 y falta de capacidad de gestión de los principales funcionarios del sector salud de los últimos 16 años. Son los responsables del deterioro de los servicios públicos de salud y de los nefastos indicadores de salud que exhibe el país.

La solución de los problemas de salud es estructural tal como lo mandan las leyes 42-01 y 87-01.Si tiene interés en el tema te invito a visitar los siguientes blogs: http://daniel3793.wordpress.com. y /http://daniel3793hotmail.com

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